El Registro de Actos de Últimas Voluntades es aquel en el que se inscriben los testamentos, con el fin de garantizar el conocimiento de su existencia una vez fallecidas las personas que los hubiesen otorgado o bien en vida por los propios otorgantes.
Una vez fallecida una persona, se ha de solicitar el Certificado de Últimas Voluntades donde aparecerán todos los testamentos otorgados por una persona, pero no olvidemos que el único valido es el último.

¿Cómo se solicita el Certificado de Ultimas Voluntades?

El Certificado de actos de última voluntades, se solicita en Registro de Actos de Ultima Voluntad y nos informa de la existencia de todos los testamentos otorgados por una persona, o si no otorgó ninguno.
En caso de existir testamento, se indica el lugar y fecha del otorgamiento y del nombre del Notario ante quién fue otorgado.
Este certificado lo puede solicitar cualquier persona, no es necesario ser heredero del fallecido, o el propio testador 
Para su solicitud se deberá aportar el certificado de defunción expedido por el Registro Civil correspondiente, hay que tener cuidado porque no vale el certificado de defunción médico, solo el del Registro Civil.
La emisión de este certificado genera una tasa, y en el momento de solicitarlo se debe acreditar haber abonado la misma, la tasa el en modelo 790.
Hay que tener en cuenta que este certificado no se pude solicitar hasta trascurridos 15 días desde el fallecimiento de la persona
Este certificado se puede solicitar de forma presencial, por correo o por internet a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia.