Ha fallecido un familiar y necesitas ayuda con los tramites a realizar. Somos especialistas en herencias y donaciones, testamentos, sucesiones.
Expertos en HERENCIAS. ¿Te ayudo?
QUIENES SOMOS
Como especialista en herencias y derecho Hereditario, tanto de españoles residentes en España o en el extranjero como de extranjeros que reciben una herencia en nuestro territorio y deben tributar por ello aquí en España.
Estudio de manera personalizada cada herencia al ser siempre diferente y por ello te aconsejo consecuentemente cada caso particular.
Tengo una amplia experiencia en trámites de sucesiones y puedo ayudarte con cualquier cuestión relacionada con tu herencia, tanto con los trámites legales, como tributarios y administrativos que genera una herencia.
Es conveniente que todos los herederos o legatario estén bien asesorados para que conozcan tanto sus derechos como obligaciones, y por ello es aconsejable consultar con un abogado experto que te ayude y te guie en todos los tramites que se deben realizar en estos casos.
SOBRE MI
Mi nombre es Rebeca Puente López de Haro, licenciada en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid, y colegiada en el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid con el numero: 79.918
Llevo ejerciendo como abogada más de 10 años, y estoy especializada en herencias y derecho hereditario y quiero ayudarte en estos trámites con un trato cercano y humano.
Mi amplia experiencia en este campo te ayudare en todos los tramites relacionado con la una herencia.
¿NECESITAS AYUDA PARA RECLAMAR UNA HERENCIA?
¿CÓMO PODEMOS AYUDARTE?
Podemos ayudarte en la tramitación de adjudicación de la herencia, tanto en aquellos casos en los que existe testamento, como si no existe, realizando previamente a la adjudicación de la herencia la correspondiente declaración de herederos.
Me encargo de toda la tramitación de la herencia, y tramites a realizar en la misma:
Obtención del Certificado de defunción
Obtención del Certificado de Últimas Voluntades, donde figura si la persona fallecida otorgo o no testamento.
Obtención del certificado de Seguros de Vida
En caso de no haber otorgado testamento, obtención de la documentación necesaria para proceder a la firma de la declaración de herederos, mediante la Firma ante Notario del Acta de Declaración de Herederos
Una vez determinados quienes son los herederos, se procederá al inventario de los bienes y valoración de los mismos
Una vez inventariados y valorados los bienes, se procederá a aceptar y repartir la herencia, según se establece en el Testamento o en la Ley, esta adjudicación deberá firmarse ante Notario si existen bienes inmuebles, en cambio si solo hay cuentas bancarias puede realizarse en documento privado.
Una vez realizada la adjudicación de herencia, procederá a liquidar ante la Agencia Tributaria el correspondieren Impuesto de Sucesiones
Finalmente se procederá a inscribir la herencia en el Registro de la Propiedad y a liquidar las cuentas corrientes, fondos de pensiones, etc.
Es conveniente que todos los herederos o legatario estén bien asesorados para que conozcan tanto sus derechos como obligaciones
Igualmente, en caso de no haber acuerdo en el reparto de la herencia lo cual es frecuente, que exista conflicto sobre la forma de repartir los bienes o la valoración de los mismos, en estos casos en conveniente que te asesores para conocer bien que derechos tienes y cómo actuar ante esta situación de conflicto en el reparte de una herencia
No todas las herencias son iguales, como en el caso de ser Heredero único, existe una serie de singularidades, por ejemplo, no es necesario acudir a un Notario para aceptar la herencia, aunque haya bienes inmuebles, en estos casos es suficiente con firmar una adjudicación de herencia en documento privado, legitimando la firma ante Notario, podrá ser inscrita la herencia en el Registro de la Propiedad.
En este caso, me encargaría además de la obtención de la documentación necesaria para la herencia, de redactar el documento privado de aceptación de herencia para poder inscribir el mismo en el Registro de la Propiedad.
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